Completa circunvalación de la Plaza (I).

Día 24 de mayo de 1809

Extracto del "Diario de Gerona".

Santoral: nota de las Cuarenta Horas: notícias del sitio: noticias de Manresa del 15 de mayo, de Lisboa del 25 de Abril y de Londres del 7.

Noticias del sitio.

"La unica ocupacion del enemigo en estos días ha sido la quema y saqueo de los mansos y lugares que hay en las faldas del monte de Rocacorba. Los paisanos lejos de consternarse por la pérdida de sus caudales y haciendas, han opuesto el mayor esfuerzo y contenido en su principio el atrevimiento de la canalla; y han hecho sentir á estos desdichados que la esperanza del robo que les mueve, ha de ir siempre mezclada de sustos y zozobra. A todas horas acosado por el fuego de la Plaza y de los somatenes que la circuyen, no ve mas que la proximidad de su exterminio. En hora buena que su presencia nos obligue á velar y examinar todos sus pasos; jamas podrá borrar la satisfaccion en que estamos de que el cielo y el gobierno está pronto á escarmentar al enemigo en el caso de formalizarse el sitio que hasta el presente nos ofrece en bosquejo".

Sucesos del sitio.

En la falda de la montaña de Rocacorba y parte mas inmediata del rio Ter, empezaron los enemigos á construir barracas, retirando al llano de Tayalá algunos pequeños campamentos. Por la tarde llegó al campo contrario, procedente de Vich, la division del general Lechi uniéndose definitivamente á las tropas sitiadoras. Despues de haber incendiado varias casas de campo se estableció un cuerpo de 300 infantes y 500 caballos en un bosque situado en la parte superior de los pueblos de Aiguaviva, Vilablareix y Estañol. Al anochecer encendieron muchísimas fogatas.

Con el espresado refuerzo el ejército sitiador llegaba á 18.000 hombres, sin perjuicio de los 12.000 que estaban con Saint-Cyr en Vich.

El fuego de la plaza fue como en los días anteriores. Salieron de ella con destino á Tarragona los desertores enemigos recojidos durante los últimos días, en número de más de doscientos, casi todos alemanes.

El espíritu de la poblacion continuaba siendo inmejorable. Dá alguna idea del mismo la siguiente carta de la propia señorita de la família de Pastors, de quien ya tenemos publicada otra, dirijida á la misma amiga suya que se indica:

"Gerona 24 de mayo de 1809.
"Querida amiga: aunque tengo muy poco tiempo, no puedo dexarte de escribir, que como la cosa empieza á ir de veras, no extrañaria me viese privada en adelante de este gusto, aunque Dios me conserve la vida. Sí, amiga mia, les llegó ayer á los franceses un refuerzo de tres á cuatro mil hombres, que con los que tenían, reunirán como quince mil, y nuestra guarnición militar y paisana está tan sumamente cansada que no podrá menos de ponerse enferma, y ser esta ciudad otra Zaragoza, lo que no permita Dios. Pero lo que irrita es ver la frialdad é indiferencia con que miran nuestras penas, y como van á ponernos un sitio, que por precision ha de ser cruel; pero esto no nos afligiria, si la plaza tuviese dos mil hombres mas de guarnicion, que es lo menos con que puede pasar. No tenemos las bombas, no tenemos las balas, pero si las enfermedades, que por precision han de seguir á un trabajo tan contínuo, que no se sosiega, ni se sosegará; pero perezca todo el mundo antes que rendirse.

"Celebraré que te mantengas buenas, y que no vuelvan á visitarte los malditos; y si la desgracia quisiese que pereciésemos todos los habitantes de esta infeliz ciudad, único medio para poder ellos apoderarse de sus ruinas y de sus cadáveres, encomiéndanos Dios, y en particular á esta tu amiga, que te quiere de veras.-- J.P.

"P.D. Un cañonazo que acaba de disparar el baluarte mas inmediato, ha hecho dar un salto á mi mesa, que me ha hecho hacer este borrón. A Dios, mi estimada amiga".

La Junta gubernativa expidió á las autoridades de los Corregimientos de Gerona y Figueras, la siguiente circular:

"La Junta Superior del Principado con fecha 18 del actual ha dirijido á la de esta Ciudad el Real Decreto que sigue:

"El Sr. Vice-Presidente de la Junta Suprema Gubernativa del Reyno, me ha dirigido el Real Decreto siguiente.

"La guerra á que nos ha provocado un enemigo insidioso y pérfido, que se mofa de lo mas sagrado que hay entre los hombres, y que no conoce mas derecho de gentes, mas respeto á la humanidad, que los impulsos de sus insaciable ambición, no ha podido menos de excitar en todos los buenos Españoles el mayor horror é indignación. Si estos se admiraban de que hubiese unos pocos, indignos de ese nombre, que por su perversidad, su ambicion ó su debilidad hubiesen abrazado el partido del opresor de Europa, sirviendo de agentes para consumar el iniquo plan de usurpación que tan profundamente ha meditado, parecía que entre ellos no se contaría jamas á ninguno de aquellos Pastores que ocupan, en medio de la veneracion publica, las Sillas Episcopales en que tantos de sus predecesores les habían dexado exemplos sublimes de virtud y de constancia que imitar. Parecia mas imposible todavia al considerar los ultrages hechos por el tirano y sus satélites á nuestra augusta Religion, al venerable Padre de los fieles, á nuestros templos santos, á las instituciones mas respetadas y religiosas. No, no era creible que olvidados los ungidos del Señor de tantas profanaciones, de tantos escándalos se constituyesen los panegiristas de sus iniquos autores, y se valiesen de su alto y sagrado Ministerio para calificar de justicia la perfidia, de piedad la irreligion, de clemencia la inhumanidad, de legítimo derecho la violencia, de generosidad el pillage, de felicidad la devastacion, y que invocando el nombre de Dios justo en medio de los templos, y profanando la cátedra del Espíritu Santo, tuviesen la osadía y la depravación de querer persuadir á sus súbditos la obligación de jurar obediencia á una autoridad intrusa y de inculcarles como verdades eternas, como doctrinas evangélicas, las acciones y atrocidades mas inauditas, y que excitan la abominacion del cielo y de la tierra. Esta es, pues, una de las mayores calamidades públicas que la Junta Suprema Gubernativa del Reino se ve con sumo dolor obligada á manifestar á toda la nacion, anunciando á la faz del mundo que tal ha sido la conducta de algunos pocos Obispos, que separándose del camino que han seguido muchos de sus hermanos, y mas adheridos a los bienes y honores terrenos, de que juraron desprenderse al pié de los altares, que animados de aquel santo zelo que inspira la Religión y que tantos héroes ha producido en los desgraciados tiempos en que se ha visto amenazada por los impios, se han señalado á porfia en ser instrumentos del tirano, para arrancar del corazón de los Españoles el amor y fidelidad á su legítimo Soberano, para prolongar los males de la Patria y aun para envilecer la Religion misma y dexarla hollar por los mas sacrílegos bandidos; y no pudiendo la Junta Suprema mirar sin el mayor horror tan escandalosos procedimientos, ni dexar impunes á los Prelados, que permaneciendo en sus Diócesis, ocupadas por los enemigos, hayan favorecido con escritos y exhortaciones públicas á sus pérfidos y alevosos designios, en nombre del Rey nuestro Sr. D. Fernando VII, decreta lo siguiente.

"I. Los Obispos que directamente hayan abrazado el partido del tirano, seran reputados por indignos del elevado Ministerio que exercen, y por reos presuntos de alta trayción.

"II. Seran ocupadas sus temporalidades, y embargados inmediatamente qualesquiera bienes, derechos y acciones que les pertenezcan.

"III. Si llegan á ser aprehendidos, serán al momento entregados al Tribunal de Seguridad pública, afin de que les forme su causa, y pronuncie su sentencia, consultándola á S.M. para que determine su execucion, precedidas las formalidades establecidas por el Derecho Canónico.

"IV. Este Decreto se publicará para que llegue á noticia de todos; y teniéndole entendido dispondreis lo conveniente á su execucion y cumplimiento.-- M. El Marqués de Astorga. Vicepresidente.-- Real Alcazar de Sevilla 12 de Abril de 1809.-- A D. Martín de Garay.

"Cuyo Real Decreto comunico á V. para que haciéndolo circular inmediatamente llegue á noticia del público y tenga su mas puntual y debida execucion, cuidando V. de su cumplimiento en la parte que le toca. Dios guarde á V. muchos años. Real Alcazar de Sevilla 24 de Abril de 1809.-- Martín de Garay.

"Y esta Junta lo traslada literal á V. para su inteligencia y exacto y puntual cumplimiento.

"Gerona 24 de Mayo de 1809.-- Mariano Alvarez.-- De acuerdo de la muy Ilustre Junta, Francisco Puig y Dorca, Vocal Secretario".

Oficio de la Junta de Gerona á la del Principado.

"Esta Junta despues de levantado el sitio de esta Plaza en Agosto del año proximo fenecido y luego que lo permitieron las circunstancias, puso en planta la capitacion establecida por esa Superior quando residia en Lérida. Pero la lástima es que en el día apenas puede cobrarla como ni las demas constribuciones, por haberse sobradamente extendido los enemigos en el Corregimiento. Es quanto puede contestar al oficio de V.S. de 16 del que rige.

"Dios guarde á V.S. muchos años.-- Gerona 24 de Marzo de 1809.-- Sr. D. Antonio Rodon etc".

Noticias de la actual provincia de Gerona.

El comandante de somatenes D. Tomás Esteve dio parte al general Alvarez de haber atacado en este día y desalojado al enemigo dle pueblo de Celrá, a pesar de su mucha resistencia, habiendo visto quemar dos muertos y observando rastros de sangre en el suelo.

Emilio Grahit y Papéll


Bibliografia.

Extret de "Reseña histórica de los Sitios de Gerona en 1808 y 1809". Emilio Grahit y Papéll, Imprenta y libreria de Paciano Torres, Gerona. 1894.




Companyies fixes. Llances de Ceuta. Dibuix de Fèlix Xunclà. Basat en "Uniformes Militares Españoles. El Ejército y la Armada en 1808", de José Maria Bueno, Málaga, 1982.



Milicies urbanes. Subtinent de les companyies de La Corunya. Dibuix de Fèlix Xunclà. Basat en "Uniformes Militares Españoles. El Ejército y la Armada en 1808", de José Maria Bueno, Málaga, 1982.



Companyies fixes i Milicies urbanes. Fuseller de les companyies fixes dels presidis menors. Dibuix de Fèlix Xunclà. Basat en "Uniformes Militares Españoles. El Ejército y la Armada en 1808", de José Maria Bueno, Málaga, 1982.



Companyies fixes i Milicies urbanes. Fuseller de les companyies fixes de la costa de Granada. Dibuix de Fèlix Xunclà. Basat en "Uniformes Militares Españoles. El Ejército y la Armada en 1808", de José Maria Bueno, Málaga, 1982.


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